¿Qué cambios fiscales han sido aprobados para 2021? - Infoautónomos México

¿Cuáles han sido los cambios fiscales aprobados para 2021?

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Cuáles son los cambios fiscales para 2021

Como emprendedor autónomo hay ciertas cosas que debes tener siempre presentes, sobre todo aquellas que afecten a tus obligaciones fiscales, como son los cambios fiscales realizados por las autoridades fiscales.

Recientemente, los legisladores en México aprobaron el paquete fiscal para 2021, compuesto por la Ley de Ingresos de la Federación, LIF, la Miscelánea Fiscal y la Ley Federal de Derechos, LFD.

Este paquete de cambios fiscales trae reformas al Código Fiscal de la Federación, CFF, a la Ley del Impuesto sobre la Renta, LISR, y a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, LIVA.

Así que vamos a repasar aquellas reformas que te afectan más directamente como contribuyente.

Retención de ISR a plataformas digitales

Si eres una persona física, autónomo, que genera ingresos mediante las plataformas digitales, tendrás que revisar las nuevas tasas que se han aprobado respecto la retención de ISR para el año siguiente.

Así, algunos de los cambios fiscales respecto a la retención de ISR a las plataformas fiscales tenemos:

  • Plataformas digitales de servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes: la tasa de ISR pasa de 2.8% al 2.1%.
  • Plataformas digitales de servicios de hospedaje: pasamos de una tasa de 5.0% de ISR a 4.0%.
  • Plataformas digitales de enajenación de bienes y prestación de servicios: la tasa de ISR quedó en 1.0%, siendo anteriormente de 2.4%.

Bloqueo temporal de plataformas digitales que no se den de alta ante el SAT

Se bloqueará de forma temporal el acceso al servicio digital a aquellas empresas que no se den de alta ante el SAT, no paguen impuestos, no tengan un representante legal, Registro Federal de Contribuyentes, RFC o firma electrónica, e.firma.

Cancelación de sellos digitales

Otro de los cambios fiscales para 2021 que propusieron las autoridades es la ampliación de 3 a 10 días para que los contribuyentes puedan hacer aclaraciones en materia fiscal, tras la debida notificación, al Servicio de Administración Tributaria, SAT, en caso de tener incumplimientos.

También se limita a 40 días el tiempo para presentar una solicitud de aclaración.

Te dejamos un artículo sobre los supuestos en los que te pueden cancelar tu Certificado de Sello Digital. Recuerda que sin él no puedes facturar como trabajador independiente, autónomo.

Suspensión de sellos digitales: ¿cuáles son las causas?

Plazo de conservación de contabilidad

Por lo general, los contribuyentes consideran que el periodo de conservación son 5 años, pero ahora, en el caso de que existan aumentos de capital, reducciones, fusiones y escisiones, deben mantenerse los documentos por un mayor periodo de tiempo.

Incluso, ese tiempo podría llegar a ser de por vida para el caso de los fideicomisos.

Necesario confirmar el domicilio fiscal para la devolución de impuestos

Hasta ahora las devoluciones de IVA contemplaban una prescripción de cinco años. Ahora la SHCP propuso que el contribuyente deberá confirmar su domicilio fiscal y, en caso de que no sea confirmado o no sea localizable, la autoridad fiscal podrá cancelar el saldo a favor.

Asimismo, los legisladores otorgaron mayores facultades al SAT para ejercer actos de fiscalización y seguir con su labor de recaudación de impuestos, así como para continuar con la lucha contra la evasión fiscal.

Responsabilidad de los socios

Si eres un representante legal o socio de una sociedad mercantil, tendrás que tomar en cuenta que si tu empresa lleva actuaciones con EFOS, Empresa que Factura Operaciones Simuladas, negocios que emiten comprobantes fiscales y que la autoridad fiscal denomina de operaciones inexistentes, podrás tener repercusiones de carácter penal.

Todos los contribuyentes deben verificar que sus proveedores no aparezcan en el listado del 69B, la llamada lista negra del SAT. En el caso de que alguno de tus proveedores se encuentre ahí, toma las acciones correspondientes.

Embargo de bienes a cuenta de terceros

Se estableció en el Código Fiscal de la Federación una modificación para que el fisco pueda realizar embargos precautorios a terceros relacionados que no colaboren en la fiscalización que se lleve a cabo a un contribuyente deudor.

Por lo que se podría embargar las cuentas de proveedores, clientes o trabajadores de algún causante deudor.

Donatarias autorizadas

El último de los cambios fiscales para 2021 en México que vamos a comentar es el referente a las donatarias.

El SAT podrá retirar su autorización a aquellas organizaciones en las que compruebe que más del 50% de los ingresos obtenidos no están relacionados con su objetivo original.

Raquel Buenrostro, jefa del SAT, indicó que dichas figuras han sido empleadas para el manejo ilícito de recursos.

Asimismo, esto podría repercutir en aquellos contribuyentes que realizaron donación en alguna organización cuyo permiso fue retirado, puesto que no podrían deducir dicho dinero.

¿Existe algún cambio fiscal para 2021 que quieras que se trate en profundidad? Háznoslo saber. Infoautónomos es una comunidad dedicada a personas físicas, autónomos, trabajadores independientes y pymes. Tú ya eres infoautónomo. Comparte el link a quien crees pueda interesar.

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