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CFDI 2022: Prácticas indebidas al emitir una factura

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CFDI 2022: Prácticas indebidas al emitir una factura

Si eres emprendedor autónomo o persona moral es importante conocer aquellos puntos que el SAT considera como prácticas indebidas al emitir una factura o comprobante fiscal, CFDI. Dichas prácticas podrían afectar a tus deducciones autorizadas o a la acreditación de impuestos. Incluso, en ocasiones, podrían derivar en la clausura del establecimiento.

Así que, de acuerdo a lo publicado por el Servicio de Administración Tributaria, SAT, y con el fin de que protejas tu derecho como contribuyente de deducir y acreditar tus obligaciones fiscales, vamos a indicarte aquellas prácticas indebidas que deberás evitar al emitir una factura o CFDI.

1. Prácticas indebidas al emitir una factura: Exigir cualquier dato distinto al RFC

Si el cliente te solicita el CFDI, solo deberá proporcionar de forma verbal su Registro Federal de Contribuyentes, RFC, nombre, denominación o razón social, régimen fiscal y código postal, no siendo requisito para su emisión cualquier dato adicional.

Así el SAT invita a los contribuyentes a que revisen los sistemas que tienen para la emisión de las facturas y así evitar molestias y el uso de datos personales que no son requisito fiscal.

2. Obligar a proporcionar un correo electrónico

Otra práctica indebida detectada por el SAT al emitir una factura es obligar al cliente a brindar un correo electrónico, siendo esto opcional.

Es decir, si el cliente quiere proporcionar un correo electrónico, será una forma de facilitarle el derecho a conseguir el CFDI de la transacción, pero no se le podrá obligar a darlo.

Esto se debe a que cualquier contribuyente puede revisar en tiempo real a través de la página del SAT, con su RFC y contraseña, si les ha llegado una factura.

3. Incrementar el precio del bien o servicio cuando se solicita la factura

El precio del producto o servicio siempre debe incluir el Impuesto al Valor Agregado, IVA, independientemente de que el cliente te solicite o no la factura o comprobante fiscal.

4. Prácticas indebidas al emitir una factura: Obligar al receptor a generar su CFDI en un portal

En caso de que el cliente te lo requiere, tendrás que entregarle el CFDI al momento de emitirlo y en el lugar donde se realizó la operación o servicio, sin obligar a este a generar la factura en un portal.

5. Negar la factura argumentando que no se solicitó en el momento de la transacción

El comprobante fiscal se puede emitir con posterioridad a la realización de la operación, siempre y cuando sea en el mismo año que se ejecutó.

Es decir, si el cliente nos requiere la factura un mes o dos después de brindarle el servicio, deberemos entregarle el CFDI.

6. Registrar una forma de pago distinta a la recibida o registrarla sin que esté pagada

Esta es otra de las prácticas indebidas detectadas por el SAT al emitir una factura o CFDI.

La forma de pago deberá registrarse cuando se realiza efectivamente o bien cuando se haya percibido el monto total de la operación.

También se podrá registrar en el caso de que se haga antes de terminar el periodo mensual en que se está generando el comprobante.

7. Prácticas indebidas al emitir una factura: Solicitar obligatoriamente que se indique el uso que se le dará a la factura

En el caso de que este campo no nos lo brinde el cliente, deberemos usar la clave “P01 Por definir” o bien aquella que nos indique el receptor de la factura.

8. Negar la emisión de la factura cuando se pague en efectivo

Independientemente del medio por el que se realice el pago del producto o servicio, se tendrá que emitir factura o comprobante fiscal por la operación.

9. No emitir la factura cuando se reciben pagos por anticipos

En el momento que se reciba un anticipo, se deberá facturar. Tendrá que estar amparado en un CFDI por dicho concepto.

10. Prácticas indebidas al emitir una factura: No emitir factura cuando las normas o regulaciones fiscales los establezcan

El SAT no tiene suscrito convenio alguno con ningún contribuyente, cámara o asociación para la no emisión de facturas electrónicas.

Además, es importante que tomes en cuenta que no expedir, entregar o poner a disposición de tus clientes las facturas, o en el caso de que se expidan sin que cumplan con los requisitos indicados por la autoridad fiscal, serán motivos de infracción que podrían conllevar a la clausura del establecimiento.

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