
El régimen fiscal es un conjunto de regulaciones y leyes que determinan tus obligaciones y beneficios fiscales.
En otras palabras, el régimen fiscal determina cómo debes declarar tus ingresos en base a tus actividades. Además te provee el marco que regula tus obligaciones y derechos. Como persona física o moral debes saber cuáles son los impuestos que debes pagar y cómo calcularlos.
Es obligación de toda persona con nacionalidad mexicana o extranjera con alguna actividad económica que reciba ingresos en México el estar registrado ante el SAT (Servicio de Administración Tributaria).
Tipos de regímenes fiscales si eres persona física
El SAT entiende como personas físicas cualquier persona que obtiene ingresos de alguna actividad económica. Esto puede ser un sueldo, ventas, u honorarios por la prestación de un servicio, la obtención de un premio, etc.
Es posible y común que alguien pertenezca a dos o más regímenes, por ejemplo el de asalariado y actividades empresariales.
Régimen de sueldos y salarios
Si te vas a contratar dentro de una compañía, es decir como subordinado a disposición de un empleador, muy probablemente te den de alta como Persona Física bajo Sueldos y Salarios.
En este régimen fiscal tienes la obligación de presentar tu declaración de manera anual si obtuviste ingresos mayores a los $400,000 MXN, tuviste dos o más patrones durante el ejercicio o si obtuviste otros ingresos acumulable. También si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de Diciembre, si percibiste ingresos por jubilación, pensión o liquidación, o bien, si deseas realizar deducciones personales.
Actividad empresarial
Éste régimen está dirigido a personas que realizan un actividad comercial, industrial, de autotransporte, ganaderas, de pesca, agrícolas o silvícolas. No existe límite de ingresos.
Los pagos de impuestos se realizan en base al flujo de efectivo, no así a la facturación. Es indispensable mantener un registro de todas las operaciones y emitir las facturas correspondientes vía electrónica; declarar mensualmente tus ingresos, gastos y retenciones para poder calcular el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el impuesto al valor agregado (IVA) a pagar por tus operaciones.
También mensualmente debes presentar la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT).
Servicios Profesionales (honorarios)
Si obtienes ingresos por prestar servicios profesionales de manera independiente ya sea a personas físicas, personas morales, o a gobierno debes declarar bajo este esquema. Casi en una totalidad, las personas que obtienen ingresos por servicios profesionales (honorarios) no tienen acceso a las prestaciones ni a los beneficios que obtendrían bajo un esquema de sueldos y salarios.
Mensualmente estás obligado a declarar tus ingresos, gastos y retenciones, y además cada año debes presentar el monto total de esos mismos antes del 30 de Abril.
Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)
Si tu actividad empresarial por la venta de productos, o la prestación de un servicio no requieren de contar con un título profesional y tus ingresos no exceden de 2 millones de pesos anuales, entonces el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) es una opción para ti.
El RIF ofrece grandes beneficios como una reducción en el pago del ISR del 100% durante el primer año y la cual disminuye de forma gradual en un 10% cada año. Si tu cliente no lo pide, no estás obligado a expedir facturas por montos menores a $250 MXN
Únicamente puedes deducir los gastos que son absolutamente indispensables para la operación de tu negocio como luz, internet, renta de local, pagos de salarios a los empleados etc.
Arrendadores
Si obtienes ingresos por la renta de un inmueble, como habitación, casa, oficina, etc, estas obligada a declarar estos ingresos bajo del régimen de arrendadores.
Todos los gastos que realizas para tu operación pueden declararse como gasto, si cuentas con factura. Si no es así, deberás declararlos.
Estás obligado a emitir factura por cada ingreso que obtienes por el inmueble, y si rentas a una persona moral, debes retener el 10% por el concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR), mismo que puedes restar en las declaraciones.
Mensualmente o trimestralmente debes registrar tus gastos, ingresos y retenciones, y una vez al año estás obligado a declarar la suma de todas tus cuentas.
Tipos de regímenes si eres Persona Moral
Para el SAT personas morales es un grupo de personas que trabajan juntos para un fin determinado, ya sea el de obtener un bien, como dinero por la prestación de un servicio o la venta de un producto o bien el de ayudar a otros sin que exista una retribución.
Personas Morales del Régimen General
Dirigido a las sociedades mercantiles (sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, entre otras…), y sociedades civiles de profesionales que realizan actividades lucrativas, sociedades cooperativas de producción, arrendadoras financieras, instituciones de crédito; seguros y fianzas (bancos y casas de bolsa), así como organismos descentralizados que comercialicen bienes o servicios y fideicomisos con actividades empresariales.
- Las personas morales del Régimen General están obligados a emitir comprobantes fiscales (facturas electrónicas) y a llevar la contabilidad electrónica; están también obligados a presentar:
- Declaraciones y pagos mensuales
- Pagos definitivos de ciertos impuestos
- La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)
- Declaraciones Informativas Anuales
- Así como a realizar retenciones del ISR sobre el pago de sueldos y salarios o IVA sobre la prestación de servicios profesionales provistos por una persona física.
Régimen Opcional Para Grupos de Sociedades
Para promover el crecimiento de las empresas, existe la posibilidad de solicitar el diferimento del ISR bajo el régimen opcional para grupos de sociedades, encabezado por una sociedad integradora. Dicha sociedad deberá ser residente en México y ser propietaria de más del 80% de las acciones con derecho a voto de otra u otras sociedades.
Este esquema les permite diferir parte del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por cada una de las sociedades del grupo hasta por un plazo de tres ejercicios, autorización previa del SAT.
Sociedad Cooperativa
Una sociedad cooperativa es un grupo de personas físicas quienes cooperan para satisfacer una necesidad común. Existen tres tipos de sociedades cooperativa:
- Producción: Cuando los miembros se juntan para colaborar en el proceso de producción de productos o servicios
- Consumo: Cuando los miembros se juntan para obtener servicios, bienes o productos
- Ahorro y Préstamo: Cuando los miembros se juntan para realizar operaciones de ahorros o préstamos
Régimen de Sector Primario
Si eres una persona moral con actividades en el sector agrícola, ganadero, silvícola o pesquero debes pagar impuestos bajo este régimen. Únicamente puedes pertenecer a este régimen si un mínimo de 90% de tus ingresos resultan por actividades de este sector.
Coordinados
Este régimen está dirigido a las personas morales que administran y operan activos fijos o activos fijos y terrenos, dedicadas al autotransporte terrestre de carga o de pasajeros y cuyos integrantes (personas físicas o morales) realicen las mismas actividades o actividades complementarias a dichas actividades y tengan activos fijos y terrenos, relacionados con dichas actividades.
Eres sujeto a este régimen si tus ingresos por esta actividad representa al menos el 90% de tus ingresos totales, (sin incluir los ingresos por las ventas de activos fijos o activos fijos y terrenos, propios de tu actividad).
Las personas morales bajo el régimen de Coordinados tienen la obligación de:
- declarar y realizar el pago provisional mensual de retenciones de ISR por sueldos y salarios
- Declarar mensual y anualmente el ISR de los integrantes y el propio
- Declarar mensualmente el IVA
- Informar mensualmente sobre las operaciones con terceros para efectos de Impuesto al Valor Agregado.
Eres responsable del cumplimiento de las obligaciones fiscales de tus integrantes, respecto de las operaciones realizadas a través del Coordinado, siendo tus integrantes responsables solidarios.
Personas Morales Con Fines No Lucrativos
Este esquema está pensado en las instituciones de asistencia o de beneficencia, enfocadas a promover la participación ciudadana en asuntos de interés público; las de apoyo para el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas y las de Promoción de la equidad de género, entre otras.
¿Tienes dudas? ¿Necesitas más información? Escríbenos y estáte al tanto de toda la información que afecta a tu negocio.
Deja un comentario