Aportación patronal al Infonavit: qué necesitas saber | Infoautónomos México

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Aportación patronal al Infonavit

Aportación patronal al Infonavit

La aportación patronal al Infonavit, Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, es una obligación que se establece por ley para las relaciones entre empleadores y trabajadores a nivel nacional. El objetivo es asegurar los derechos y prestaciones para los empleados.

De acuerdo a la ley, todas las empresas y patrones están obligados a realizar la aportación patronal requerida de acuerdo a la oferta a sus trabajadores. La Constitución Mexicana, la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Infonavit determinan parte de dicha obligación.

Asimismo, la Ley del Infonavit indica que la aportación que debe realizar el patrón o empresa debe ser del 5% del salario de los trabajadores para efecto de alimentar su Fondo de Vivienda. Es decir, como patrón estás obligado a aportar ese 5% para ingresarlo a la cuenta Infonavit de tus empleados. El fin último es dar la posibilidad a tus empleados de que les autoricen un crédito para adquirir un inmueble.

Artículo actualizado el y escrito por Infoautónomos

¿Qué es el Infonavit?

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, Infonavit, se creó el 21 de abril de 1972 con el objetivo de cumplir con el derecho a la vivienda de los trabajadores que estaba establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Además, la finalidad del instituto es administrar en un fondo nacional las aportaciones patronales del 5% del salario de cada uno de los trabajadores para poder ofrecerles la oportunidad de conseguir un crédito de vivienda o el derecho a que sus ahorros les sean devueltos. Cuenta con tres tipos diferentes de participación: la del trabajador, la del patrón o empresa y la del gobierno.

El Infonavit puede dar créditos hipotecarios para comprar una casa, para construirla o para remodelarla. La diferencia que existe entre este tipo de crédito y el que ofrece un banco es que para poder acceder a alguno de los créditos que otorga el instituto es necesario estar dado de alta en el IMSS, Instituto Mexicano del Seguro Social.

Asimismo, el instituto también dispone a cada trabajador registrado en el IMSS una cuenta de ahorro para el retiro en el Sistema de Ahorro para le Retiro, SAR, donde pueden realizar aportaciones de su salario para ahorrar y poder disponer de ese dinero.

¿Cuáles son tus obligaciones patronales en materia de vivienda?

Cuando realizas tu aportación patronal al Infonavit así como las amortizaciones de crédito de tus trabajadores, además de cumplir con tus obligaciones fiscales, estarás permitiendo que estos tengan derecho a una vivienda propia o cuenten con un mejor fondo en el momento que decidan retirarse de su vida laboral.

Por ello, debes cumplir con tus obligaciones patronales con el instituto de forma completa y oportuna de manera bimestral.

Principales obligaciones con los trabajadores

Respecto a tus trabajadores, tendrás una serie de obligaciones con tu aportación patronal al Infonavit como:

  • Debes inscribir tu empresa ante el IMSS.
  • Tendrás que registrar a tus trabajadores ante el IMSS. Al hacerlo, automáticamente se convertirán en derechohabientes del Infonavit.
  • Manifestar el salario diario integrado que aportas en ese momento y pagar bimestralmente al Infonavit el 5% de esa cantidad por cada uno de los trabajadores que tengas a cargo.
  • Cuando modifiques la situación laboral de tus trabajadores, tu empresa cambie de domicilio, razón social, la cierres, etc., deberás avisar al IMSS dentro de los cinco días hábiles siguientes al momento en el que ha ocurrido dicha modificación.
  • En el caso de que tengas una empresa de construcción y la asistencia de los trabajadores sea esporádica, entrega al IMSS una constancia con los días que trabajan al mes y el salario que han percibido.

Principales obligaciones con los trabajadores acreditados

En este caso, las obligaciones hacen referencia a aquellos trabajadores que hayan solicitado un crédito al Infonavit:

  • Si a tus trabajadores les ha otorgado un crédito el Infonavit, tendrás que retener de su salario la cantidad mensual para el pago de este que se haya acordado en el contrato laboral.
  • El descuento lo deberás hacer de acuerdo con el factor descrito en el Aviso de Retención de Descuentos o la Cédula de Determinación de Cuotas, Aportaciones y/o Amortizaciones. En dichos documentos se indica el número del crédito y el porcentaje que tendrás que descontar.
  • Descargar del Portal Empresarial del Infonavit los avisos de retención, modificación y suspensión de descuentos de tus trabajadores con crédito, que se encuentra en la sección “Mis trámites”, en la opción “Consulta de trabajadores”.
  • Deberás realizar el descuento a aquellos trabajadores que solicitaron un crédito y enterarlo al Infonavit. En el caso de que no lo hagas, la cantidad no reportada tendrás que pagarla mediante un crédito fiscal porque, de acuerdo a la Ley, eres responsable solidario de tus empleados.

Principales obligaciones con el Infonavit

Además de con tus trabajadores, tendrás una serie de obligaciones con el Infonavit:

  • Proporcionar al instituto la información que le permita determinar el monto de la aportación patronal que debes hacer y los descuentos que realizas a tus trabajadores por el crédito que les hayan otorgado.
  • Permitir que realicen inspecciones y visitas domiciliarias a tu negocio.
  • Deberás atender a los requerimientos de pago e información.
  • Entregar al IMSS la constancia de los días trabajados y los salarios pagados a tus trabajadores de la construcción, en el caso de que esta sea tu actividad económica. En este caso, tendrás que realizar las aportaciones del 5% aún cuando no sea posible determinar la persona a la que se aplicarán los pagos.
  • Presentar el Dictamen Infonavit en el caso de que hayas tomado la opción dentro del plazo de 6 meses desde la fecha en la que presentaste tu aviso de dictamen. Este se presenta dentro de los 4 meses siguientes al cierre del ejercicio fiscal cuando quieres dictaminar el ejercicio inmediato anterior, o en cualquier momento cuando se trate de un ejercicio distinto.
  • Cada año deberás presentar un informe al Infonavit de tu situación actual como contribuyente con anexos que hagan referencia a las aportaciones patronales, siempre y cuando hayas optado por presentar el Dictamen Fiscal. Se deberá presentar en un plazo de 15 días hábiles contando desde la fecha de vencimiento para su presentación ante el Servicio de Administración Tributaria, SAT.
  • Enviar tu información por SIRESO de forma trimestral en el caso de que tercerices personal o si eres sujeto beneficiario.
  • En el caso de que adquieras una empresa tendrás que asegurarte de que está al corriente con sus obligaciones y aportación patronal ante el Infonavit, puesto que para el instituto tú serás el responsable de cumplir, incluso aquellas que había antes de adquirir el negocio.

¿Cuándo debes realizar tu aportación patronal al Infonavit?

Las aportaciones patronales y amortizaciones de crédito se deben hacer cada dos meses, previo a la fecha límite de pago indicada, con independencia de la periodicidad con las que realices los pagos de la nómina a tus trabajadores.

Periodo de pago Fecha límite de pago
1° bimestre de 2021 (enero – febrero) 17 de marzo de 2021
2° bimestre de 2021 (marzo – abril) 17 de mayo de 2021
3° bimestre de 2021 (mayo – junio) 19 de julio de 2021
4° bimestre de 2021 (julio – agosto) 20 de septiembre de 2021
5° bimestre de 2021 (septiembre – octubre) 17 de noviembre de 2021
6° bimestre de 2021 (noviembre – diciembre) 17 de enero de 2022

¿Cómo y dónde puedes pagar tu aportación patronal al Infonavit?

El Infonavit pone a disposición de los contribuyentes una serie de servicios para realizar el pago de las aportaciones patronales y cumplir así con las obligaciones en materia de vivienda.

  • Servicio medios de pago: mediante él podrás obtener la ficha para realizar el pago de tus aportaciones y amortizaciones, tanto del bimestre próximo como de aquellos que no hayas cumplir en tiempo y forma. A este servicio solo podrán acceder patrones registrados en el Portal Empresarial del Infonavit.
  • Pago con SUA, Sistema Único de Autodeterminación: herramienta del IMSS que te permite determinar importes y conceptos para el pago de las cuotas obrero patronales.
  • Pago con SIPARE, Sistema de Pago Referenciado: otra herramienta del IMSS para poder pagar tu aportación patronal al Infonavit por Internet.
  • Pago con SIRERO, Sistema de Responsabilidad Solidaria: servicio que te permite cumplir con la disposición del artículo 29 Bis de la Ley del Infonavit como patrón y beneficiario que tiene trabajadores asalariados contratados bajo el esquema de subcontratación de personal. También permite comprobar el cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de vivienda y garantizar los derechos de los trabajadores.

¿Qué otras particularidades te gustaría conocer sobre la aportación patronal al Infonavit que debes hacer como patrón? Infoautónomos es un espacio de comunidad para emprendedores, personas físicas con actividad empresarial, autónomos, y personas morales donde encontrarás información de tu interés. Tú ya eres infoautónomo. Comparte el enlace a quien creas que pueda interesar.

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