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Reparto de utilidades 2021: qué debes saber

Reparto de utilidades 2021, todo lo que debes saber

El próximo 30 de mayo es la fecha límite para que los patrones que sean personas morales realicen el reparto de utilidades 2021 correspondiente al ejercicio fiscal de 2020. Ya en el artículo anterior de nuestro blog hablamos sobre cómo afectaba la reforma al outsourcing a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades, PTU.

En el artículo de hoy vamos a ver aquellas cosas que son importantes y que debemos tomar en cuenta como patrón, ya seas persona moral o persona física, autónomo.

Derecho de los trabajadores a participar en el reparto de utilidades

El reparto de utilidades o PTU es un derecho de los trabajadores y está establecido en el artículo 123, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde se hace referencia a que todas las unidades económicas de producción o distribución de bienes o servicios y, en general, todas las personas físicas, autónomos, o morales con trabajadores a su servicio, están obligados al reparto de utilidades.

Este derecho nace con el fin de retribuir el trabajo efectuado por los trabajadores en la empresa, para permitirles participar del éxito que se ha obtenido, el cual es un reflejo de los esfuerzos realizados por todos.

¿Quiénes están obligados a repartir utilidades 2021?

De acuerdo a los artículo 117 y 126 de la Ley Federal del Trabajo, todos los patrones, tanto personas físicas, autónomo, como morales, sean o no contribuyentes del ISR, están obligados a repartir utilidades a sus colaboradores.

También estarán obligadas las empresas que se hayan fusionado, traspasado o cambiado el nombre o razón social, puesto que no son empresas de nueva creación.

Igualmente, debes tomar en cuenta que:

El reparto de utilidades dependerá de las ganancias del año fiscal de la persona física, autónomo, o persona moral, por ello se pagan tras realizar la declaración anual y a partir de ella se define quienes sí deben dar esta prestación a sus trabajadores y quienes no.

¿Quiénes tienen derecho a recibir utilidades?

Todos los trabajadores que se encuentren bajo el servicio de una persona física, autónomo, o persona moral, que reciban un salario a cambio de su trabajo y que hayan laborado más de 60 días durante el año tiene derecho al reparto de utilidades, a excepción de los siguientes casos:

¿Qué empresas están exentas del reparto de las PTU en México?

Las empresas o personas físicas, autónomos, que no están obligadas a realizar el reparto de utilidades entre sus trabajadores son las siguientes:

Salario que se debe considerar para el cálculo de la PTU

Para realizar el cálculo de la PTU, de acuerdo al artículo 124 de la LFT, se debe considerar la cuota diaria que percibe cada subordinado en efectivo a cambio de su labor, es lo que se entiende por salario.

No se consideraran como parte de él las gratificaciones, percepciones y demás prestaciones indicadas en el artículo 84 de la LFT. Tampoco se tomarán en cuenta las sumas que reciba el trabajador por concepto de trabajo extraordinario.

Asimismo, en los casos de salario por unidad de obran y en general, cuando se trate de una retribución variables, se tomará como salario diario el promedio de las percepciones obtenidas en el año.

Tope para el pago de PTU

Existe un tope o límite para el pago de utilidades, que viene indicado en el artículo 127, fracción III de la Ley Federal del Trabajo que indica que el monto de reparto de utilidades tendrá un límite de un mes de salario para aquellos trabajadores al servicio de personas cuyos ingresos deriven únicamente de su trabajo y de quienes se dediquen al cuidado de bienes que produzcan rentas al cobro de créditos y sus intereses.

¿Cuál es el plazo para el reparto de utilidades 2021?

Como patrón, seas persona física, autónomo, o moral, tendrás un plazo de 60 días naturales tras la fecha en la que debes de pagar el impuesto anual.

Es decir, si eres persona moral tendrás hasta el 30 de mayo. Si eres patrón persona física, tendrás hasta el 30 de julio debido a la prórroga efectuada en la declaración anual.

¿Prescriben las utilidades?

Los trabajadores podrán tomar acciones para hacer exigibles sus derechos durante un año. Este tiempo contará a partir del día siguiente a la fecha en que la obligación sea exigible (31 de mayo para personas morales y 30 de julio para personas físicas).

Además en caso de que sea un ex trabajador, el tiempo iniciará a contar a partir del día siguiente en que se le comunique que debe acudir a la empresa o negocio para cobrar sus utilidades.

¿Existe sanción por omisión del pago de reparto de utilidades?

Aquellos patrones que no cumplan con la obligación del procedimiento y reparto de utilidades que se establece en el Capítulo VIII, Título III de la LFT se hará acreedor de una multa que puede ir de 250 a 5,000 veces la UMA.

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