NOM 035: ¿qué es y en qué consiste? | Infoautónomos México

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NOM 035: ¿qué es y en qué consiste?

NOM 035: ¿qué es y en qué consiste?

En octubre de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, DOF, la Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018 (NOM 035) «Factores de riesgo psicosocial en el trabajo – Identificación, análisis y prevención», que se hizo vigente desde el 23 de octubre de 2019.

Desde hace tiempo, la Organización Internacional del Trabajo, OIT, ha identificado situaciones que afectan a la salud de muchos trabajadores relacionadas con su actividad profesional, para las cuales no se habían estado aplicando medidas de prevención, control ni protección. Entre los riesgos surgidos, están los psicosociales que afectan a todas las profesiones en cualquier parte del mundo.

México se encuentra entre los primeros lugares con el mayor número de personas con estrés laboral, debido a que muchas organizaciones no cuentan con las condiciones idóneas para el desarrollo de sus trabajadores.

De acuerdo a estimaciones de la OIT, entorno a un 4% del Producto Interno Bruto (PIB) global se pierde de forma anual a causa del estrés, depresión y ansiedad que genera el trabajo, traduciéndose esto en baja productividad, incremento de los accidentes laborales, aumento del absentismo, deterioro del ambiente laboral que puede impactar en la reputación de la Organización.

La NOM 035 obliga a las empresas y personas físicas, autónomos, con trabajadores a cargo a atender los riesgos psicosociales que se puedan presentar en los espacios de trabajo, con la intención de que se genere un buen clima laboral para toda la organización.

Artículo actualizado el y escrito por Infoautónomos

¿Qué es la NOM 035 y cuál es su objetivo?

La NOM 035 es una legislación que tiene el objetivo de establecer los elementos necesarios para identificar, analizar y prevenir factores de riesgo psicosocial, así como cuidar la integridad, salud física y mental de los trabajadores mexicanos, promoviendo un entorno organizacional favorable en los centro de trabajo.

Esto se debe a que un buen clima laboral es vital para ayudar a reducir los índices de rotación y aumentar el compromiso laboral que se traduce en una mayor productividad.

De acuerdo al artículo 3, fracción XVII, del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, los factores de riesgo psicosocial son:

«Aquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada laboral y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de Violencia Laboral, por el trabajo desarrollado.»

¿Cuál es su campo de aplicación?

La NOM 035 rige en todo el territorio nacional y se aplica a todos los centros de trabajo. Sin embargo, las disposiciones de dicha norma aplican de acuerdo al número de trabajadores que laboran en el centro de trabajo, estableciéndose 3 categorías:

  • Centros de trabajo donde laboran hasta 15 trabajadores.
  • Centros de trabajo donde laboran entre 16 y 50 trabajadores.
  • Centros de trabajo donde laboran más de 50 trabajadores.

Por lo que cada centro de trabajo deberá determinar en qué nivel se encuentra, para que cumpla con las disposiciones correspondientes al número de trabajadores que emplea.

Asimismo, en este sentido, conviene precisar que la NOM 035 no contempla ni establece ninguna obligación para los siguientes aspectos:

  • Utilizar un instrumento para realizar evaluaciones psicológicas de los trabajadores.
  • Aplicar cuestionarios para identificar trastornos mentales.
  • Conocer las variables psicológicas internas al individuo como: actitudes, valores, personalidad, etc.
  • Medir el estrés de los trabajadores.

¿Cuáles son las obligaciones de los patrones de acuerdo a la NOM 035?

De acuerdo con la NOM 035 los patrones tendrás ciertas obligaciones dependiendo del tamaño del centro de trabajo:

Centros de trabajo donde laboran hasta 15 trabajadores

  • Establecer por escrito, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple:
    • La prevención de los factores de riesgo psicosocial.
    • La prevención de la violencia laboral.
    • La promoción de un entorno organizacional favorable.
  • Adoptar medidas para prevenir factores de riesgo psicosocial, promover un entorno organizacional favorable, así como para atender las prácticas opuestas al entorno favorable y los actos de violencia laboral.
  • Identificar a aquellos trabajadores que hayan sido sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y canalizarlos para su atención.
  • Difundir y proporcionar información a los trabajadores sobre:
    • La política de prevención de riesgos psicosociales.
    • Las medidas establecidas para combatir las prácticas contrarias a crear un entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral.
    • Las medidas y acciones de prevención y las acciones de control de los factores de riesgo psicosocial.
    • Los mecanismos para presentar quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y para denunciar actos de violencia laboral.
    • Las posibles alteraciones a la salud por la exposición a los factores de riesgo psicosocial.

Centros de trabajo donde laboran entre 16 y 50 trabajadores

Además de lo establecido para aquellos centros de trabajo donde laboran hasta 15 personas, en aquellos donde hay entre 16 y 50 trabajadores se establecen otras obligaciones como:

  • Identificar y analizar factores de riesgo psicosocial.
  • Adoptar medidas y acciones de control, cuando el resultado de esos análisis de factores así lo indique.
  • Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a factores de riesgo psicosocial cuando existan signos o síntomas que muestren alguna alteración a su salud.
  • Llevar registro de:
    • Resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial.
    • Las evaluaciones del entorno organizacional.
    • De las medidas de control adoptadas.
    • De los trabajadores a los que se les ha practicado exámenes médicos.
  • Difundir y proporcionar información a los trabajadores, además de los anterior, sobre:
    • Resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial.

Centros de trabajo donde laboran más de 50 trabajadores

Para los centros de trabajo donde laboran más de 50 trabajadores la NOM 035, además de las obligaciones contempladas para aquellos donde hay hasta 15 trabajadores y entre 16 y 50, se contemplan estas medidas adicionales:

  • Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial y evaluar el entorno organizacional.
  • Difundir y proporcionar información a los trabajadores sobre:
    • Resultados de la evaluación del entorno organizacional.

¿Cuáles son las obligaciones de los trabajadores?

Además de los patrones, los trabajadores también tienen que cumplir una serie de obligaciones como:

  • Observar las medidas de prevención y, en su caso, de control para: checar los factores de riesgo psicosocial, colaborar para contar con un entorno organizacional favorable y prevenir actos de violencia laboral.
  • No realizar prácticas contrarias al entorno organizacional favorables y actos de violencia laboral.
  • Participar en la identificación de factores de riesgo psicosocial, así como en la evaluación del entorno organizacional.
  • Informar sobre las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y denunciar las situaciones de violencia laboral.
  • Participar en los eventos de información.
  • Someterse a los exámenes médicos.

¿Cómo cumplir con la NOM 035?

De acuerdo a la Secretaría del Trabajo y Prevención Social, STPS, algunos de los factores que pueden provocar riesgos psicosociales son:

  • Cargas de trabajo que excedan la capacidad del trabajador.
  • Jornadas de trabajo superiores a las establecidas en la Ley Federal del Trabajo.
  • Rotación de turnos que incluyan turnos nocturnos sin periodos de descanso y recuperación.
  • Interferencia en la relación trabajo-familia.
  • Liderazgo negativo.
  • Relaciones negativas en el entorno de trabajo.

Para prevenir dichos factores de riesgo y promocionar un entorno organizacional favorable los centros de trabajo deberán:

  • Establecer acciones para la prevención de los factores de riesgo psicosocial que impulsen: el apoyo social, la difusión de la información y la capacitación.
  • Disponer de mecanismos seguros y confidenciales para la recepción de las quejas puestas por prácticas opuestas a un entorno favorable y para las denuncias establecidas por situaciones de violencia laboral.
  • Realizar acciones que promuevan el sentido de pertenencia de los trabajadores a la organización, la capacitación para realizas las tareas adecuadamente, la definición precisa de las responsabilidades del personal, la participación proactiva y comunicación entre sus integrantes, la distribución adecuada de la carga de trabajo y el reconocimiento del desempeño.

¿Cuáles son las multas por no cumplir con la NOM 035?

La Ley Federal del Trabajo establece que aquellas empresas que no cumplan con las normas de seguridad, higiene y prevención de riesgos, entre las que se encuentra la NOM 035, deberán pagar una multa que va de 250 a 5 mil días conforme al valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), de conformidad con los artículos 992 y 994, fracción V de la LFT.

Es decir, las multas por no cumplir con la NOM 035 pueden ir desde los $21,122.50 a los $422,450 pesos, multas que podrían determinarse por cada punto no cumplido o por cada trabajador afectado.

Con la NOM 035-STPS-2018, se destaca como elemento fundamental establecer una relación sana y positiva entre empresa y trabajadores, avanzando en su implementación en un mayor número de negocios en beneficio de las personas que en ellas trabajan.

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