Riesgos de trabajo: todo lo que debes saber | Infoautónomos México

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Riesgos de trabajo en México: todo lo que debes saber

Riesgos de trabajo en México: todo lo que debes saber

Se denomina riesgo de trabajo aquellos peligros que existen cuando desempeñamos nuestra tarea laboral o en el lugar de trabajo o nuestro propio entorno, que pueden provocar accidentes o cualquier tipo de siniestros que desencadenen en heridas, daños físicos o psicológicos, etc.

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, LFT, en su artículo 473, se indica como riesgo de trabajo los accidentes y enfermedades a los que están expuestos los trabajadores durante el ejercicio o con motivo de su labor.

Cuando estamos realizando nuestro trabajo nos exponemos a cierto nivel de riesgo, por ello es indispensable cuidar la forma en la que se hacen las tareas, así como tomar todas las medidas de seguridad para minimizar al máximo la presencia de cualquier tipo de accidente laboral.

Artículo actualizado el y escrito por Infoautónomos

¿Qué son los riesgos de trabajo?

Como hemos visto, la LFT establece que los riesgos de trabajo son aquellos accidentes y enfermedades a las que se exponen los trabajadores en el desarrollo o con motivo de su labor.

Debemos tomar en cuenta que no todos los trabajos presentan los mismos factores de riesgos laborales, ni que dichos factores provoquen daños de igual magnitud en los empleados. Todo dependerá del lugar y de la tarea que se realice en el trabajo.

La Organización Internacional del Trabajo, OIT, establece un principio de protección de los trabajadores respecto a los accidentes y enfermedades de trabajo, debido a que anualmente alrededor del mundo se producen millones de enfermedades, accidentes o muertes relacionadas con el trabajo.

En México, es competencia de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social establecer y promover el cumplimiento de las Normas Oficiales en Materias de Seguridad y Salud en el Trabajo.

¿Qué es un accidente de trabajo?

La LFT en su artículo 474 define el accidente de trabajo como:

“Accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, la muerte o la desaparición derivada de un acto delincuencial, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste.

Quedan incluidos en la definición anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquél.”

En esta definición vemos que, además de los propios accidentes que se deriven del trabajo a realizar, también se incluyen aquellos que se producen durante el traslado del trabajador al puesto de trabajo o de vuelta a su domicilio.

Por ejemplo, algunos accidentes de trabajo muy comunes son los tropezones que pueden provocar luxaciones o fracturas, heridas por instrumentos de trabajo, etc.

¿Qué es enfermedad de trabajo?

La Ley Federal del Trabajo en su artículo 475 indica lo siguiente:

“Enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.”

Por ejemplo, entre las enfermedades de trabajo más reportadas encontramos:

  • Neumoconiosis: enfermedad pulmonar provocada por la inhalación de polvo de hierro, talcos, carbón, etc.
  • Hipoacusias: pérdida total o parcial de la audición. Se produce sobre todo en aquellos trabajadores que están expuestos a un nivel alto de ruido en su labor.
  • Dorsopatías: enfermedades de la espalda producidas por el esfuerzo físico y cargas pesadas.

Obligaciones del patrón respecto a los riesgos de trabajo

De acuerdo a la Constitución los patrones están obligados a observar los preceptos legales sobre seguridad y salud en las instalaciones de su establecimiento, así como a adoptar las medidas necesarias para prevenir los accidentes en el uso de máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, y a organizar el trabajo garantizando la seguridad y vida de sus empleados.

Asimismo, en la LFT se indica que los patrones tendrán que comunicar y poner en conocimiento de sus empleados los riesgos y peligros a los que están expuestos durante el desempeño de su trabajo. También deberán comunicarles las disposiciones que se encuentran dentro del Reglamento Interior del Trabajo y las Normas Oficiales Mexicanas en Materia de Seguridad, Salud y Medio Ambiente de Trabajo que les sean de aplicación para prevenir los riesgos laborales.

Los trabajadores también tendrán una serie de obligaciones de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo como es someterse a los reconocimientos médicos previstos en el Reglamento Interior del Trabajo y demás normas vigentes del patrón para poder comprobar que no padecen alguna incapacidad o enfermedad de trabajo, contagiosa o incurable.

¿Qué consecuencias se pueden producir por los riesgos laborales?

Los riesgos de trabajo de una empresa pueden producir las siguientes consecuencias:

  • Incapacidad temporal: pérdida de facultades o aptitudes que imposibilitan parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo.
  • Incapacidad permanente parcial: la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar.
  • Incapacidad permanente total: pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilitan para realizar cualquier trabajo por el resto de su vida.
  • La muerte.

¿Cuáles son los derechos de los trabajadores que sufren un riesgo de trabajo?

Asimismo, estos trabajadores que hayan sufrido un accidente o enfermedad laboral tendrán derecho a:

  • Asistencia médica y quirúrgica.
  • Rehabilitación.
  • Hospitalización.
  • Medicamentos y material de curación.
  • Prótesis.
  • Indemnizaciones que dispongan las disposiciones aplicables.

Principales tipos de riesgos de trabajo

Entre los principales tipos de riesgos de trabajo que encontramos en una empresa o en el desempeño de un trabajo tenemos:

Riesgos químicos

Aquellos que se producen por procesos químicos y por el medio ambiente. De ellos se pueden derivar enfermedades como alergias, asfixia o algún tipo de virus, las cuales son producidas por la inhalación, absorción o ingestión.

Por ello, es adecuado prevenir estos tipos de riesgos laborales tomando acciones como:

  • Sustituyendo productos, cambiando el proceso productivo o encerrándolo.
  • Limpieza del puesto de trabajo y aplicar ventilación por dilución.
  • Formando al trabajador, rotándolo de puestos de trabajo, aislarlo de la exposición y usando equipos de protección adecuados.

Riesgos biológicos

Este tipo de riesgo de trabajo es muy actual hoy día debido a la emergencia sanitaria que vivimos a causa del Covid-19. Los riesgos biológicos son aquellos que se producen por la posible exposición a microrganismos.

Para evitar este tipo de riesgos es recomendable establecer un control sanitario así como de protección adecuada.

Riesgos físicos

Entre los riesgos físicos encontramos el ruido, el cual puede provocar la pérdida de la capacidad auditiva. O aquellos que provocan las vibraciones de cierta maquinaria y que pueden afectar a nuestra columna vertebral o provocar dolores de cabeza.

Por ello es muy importante proteger a los trabajadores con todas las medidas de seguridad adecuadas.

Riesgos psicosociales

Son aquellas características de las condiciones de trabajo que afectan a la salud de los trabajadores mediante mecanismos psicológicos y fisiológicos. Entre los más destacados podemos encontrar el estrés, la fatiga laboral, la monotonía, etc.

Para prevenir este tipo de riesgos se recomienda realizar pausas cortas cada hora y media de trabajo realizada. Se debe tener un mínimo de 20 minutos de descanso a partir de las 6 horas de trabajo.

Asimismo, la estabilidad y el buen ambiente de trabajo ayudan a disminuir estos riesgos. Te dejamos un artículo sobre la NOM 035 que te puede interesar.

Riesgos ergonómicos

Aquellos que se originan cuando el trabajador interactúa con su puesto de trabajo y cuando las actividades presentan movimientos, posturas o acciones que pueden provocar daños a su salud.

Por ejemplo los derivados de posturas inadecuadas, levantamiento de peso o movimientos repetitivos que pueden causar daños físicos.

Estos son riesgos muy frecuentes y para prevenirlos hay que emplear métodos seguros para todas aquellas actividades que desempeñe el equipo de trabajo. Desde la carga de equipo hasta disponer de una buena silla donde se pueda trabajar bien.

Riesgos mecánicos

Los riesgos mecánicos pueden producirse cuando se realizan acciones que requieren emplear herramientas de cualquier tipo. Los accidentes causados por ellos suelen producir lesiones corporales como quemaduras, cortes, contusiones, aplastamientos, etc.

Además estos suelen derivar del mal uso de las herramientas, de emplear equipos defectuosos o trabajar sobre superficies inseguras.

Es importante revisar siempre todas las herramientas, maquinarias, equipos y superficies sobre las que se desarrollan las labores.

Riesgos ambientales

Este tipo de riesgos son los únicos que no podemos controlar ya que representan la probabilidad de que suceda una catástrofe o daño por una acción humana o fenómeno de tipo natural.

¿Qué debe hacerse ante un riesgo de trabajo?

En el caso de que ocurra un accidente laboral en el lugar de trabajo o se reporte cualquier riesgo, se deberán seguir los siguientes pasos:

  1. El asegurado deberá recibir la atención medical inicial en urgencias o en consultorio.
  2. El asegurado deberá firmar el formato de riesgo de trabajo en el campo correspondiente: formato ST-7 para accidentes laborales y ST-9 para enfermedad de trabajo.
  3. Como patrón tendrás que firmar el reverso del formato de riesgo de trabajo ST-7 o ST-9 y entregarlo al trabajador o, en su caso, a los familiares.
  4. El asegurado, representante legal de este o sus familiares son los responsables de tramitar el seguro que corresponda al riesgo de trabajo ocasionado, el cual implica el permiso de ausentarse de sus labores y el pago durante un tiempo estipulado de recuperación. Los requisitos para ello son:
    • Presentar original y copia de: identificación oficial, cartilla nacional de salud y credencial ADIMSS, aviso de atención médica inicial, calificación de riesgo de trabajo y formato firmado tanto por patrón como asegurado.
    • Solicitar el certificado de incapacidad por riesgo de trabajo y cobrarlo en ventanilla bancaria.

El subsidio por riesgo de trabajo calificado corresponde al 100% del salario diario a pagar desde el día del incidente, pudiendo abarcar de un día hasta 52 semanas. El pago debe realizarlo el Instituto Mexicano del Seguro Social, IMSS.

Prevención de riesgos laborales

Para evitar los posibles accidentes y enfermedades laborales, es prioritario que sigas la normativa establecida en la Ley Federal del Trabajo en cuestiones de seguridad e higiene, prevención, etc., así como establecer protocolos para la realización y desempeño de las actividades laborales. También es importante formar a tus empleados para que tengan las nociones adecuadas para llevar a cabo su actividad sin incidentes.

Además, debes tomar en cuenta que tienes que registrar a tus trabajadores ante el IMSS con la prima de riesgo correcta, ya que en caso de no hacerlo, las consecuencias económicas de las multas e indemnizaciones generadas son elevadas.

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